Legislación sobre aves exóticas


Existe toda una serie de textos legales vigentes en nuestro país relacionados con las especies exóticas, pudiendo ser divididos en cuatro grupos:

    • Tratados internacionales suscritos por España
    • Reglamentos y directivas europeas
    • Legislación nacional
    • Legislación autonómica

Sin embargo, el primer texto legal importante, a nivel nacional, fue el Real Decreto 1628/2011, de 14 de noviembre, por el que se regulaba el listado y catálogo español de especies exóticas invasoras. Este Real Decreto establecía el Catálogo español de especies exóticas invasoras y prohibía de forma genérica en nuestro país todas las especies exóticas incluidas en él. También se establecía un Listado de especies exóticas con potencial invasor, que incluía a las principales especies exóticas candidatas a añadirse a dicho Catálogo.

El Real Decreto afirmaba que: “Las especies exóticas invasoras constituyen una de las principales causas de pérdida de biodiversidad en el mundo, circunstancia que se agrava en hábitats y ecosistemas especialmente vulnerables como son las islas y las aguas continentales. La introducción de estas especies invasoras puede ocasionar graves perjuicios a la economía, especialmente a la producción agrícola, ganadera y forestal, e incluso a la salud pública.”

Posteriormente el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, actualmente vigente, alteró el Catálogo español de especies exóticas invasoras y suprimió el Listado de especies exóticas con potencial invasor.

También, a nivel europeo, el Reglamento 1143/2014, de 22 de octubre, sobre la prevención y la gestión de la introducción y propagación de especies exóticas invasoras, establece una Lista de especies exóticas invasoras preocupantes para la Unión.




CATÁLOGO ESPAÑOL DE ESPECIES EXÓTICAS INVASORAS (2013)

El Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras establecido por el Real Decreto 630/2013, actualmente vigente y que sustituyó al anterior, aumentó el número de especies exóticas invasoras, incluyendo un total de 13 especies y cuatro géneros de aves:

ANATIDAE
  Branta canadensis (Barnacla canadiense)
  Alopochen aegyptiacus (Ganso del Nilo)
  Oxyura jamaicensis (Malvasía canela)

PHASIANIDAE
  Coturnix japonica (Codorniz japonesa)

THRESKIORNITHIDAE
  Threskiornis aethiopicus (Ibis sagrado)

COLUMBIDAE
  Streptopelia roseogrisea (Tórtola doméstica)

PSITTACIDAE
  Psittacula krameri (Alejandrino común o cotorra de Kramer)
  Myiopsitta monachus (Cotorra de pecho gris o argentina)

PYCNONOTIDAE
  Pycnonotus cafer (Bulbul cafre)
  Pycnonotus jocosus (Bulbul orfeo)

TIMALIIDAE
  Leiothrix lutea (Leiótrix piquirrojo o ruiseñor del Japón)

STURNIDAE
  Acridotheres sp. (Minás)

PLOCEIDAE
  Ploceus sp. (Tejedores)
  Quelea quelea (Quelea común)
  Euplectes sp. (Obispos o tejedores)

ESTRILDIDAE
  Estrilda sp. (Estrildas o picos de coral)
  Amandava amandava (Bengalí rojo)




CATÁLOGO ESPAÑOL DE ESPECIES EXÓTICAS INVASORAS (2011)

El Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras incluye aquellas especies exóticas que “constituyen una amenaza grave para las especies autóctonas, los hábitats o los ecosistemas, la agronomía o para los recursos económicos asociados al uso del patrimonio natural”. La inclusión de una especie en el Catálogo “conlleva la prohibición genérica de su posesión, transporte, tráfico y comercio de ejemplares vivos o muertos, de sus restos o propágulos, incluyendo el comercio exterior.”

Los ejemplares de estas especies que sean “capturados, retenidos o extraídos de la naturaleza por cualquier procedimiento, no podrán ser devueltos al medio natural” y deberán entregarse “a las autoridades competentes” o ser retirados del medio natural “según la normativa vigente”.

Los ejemplares de estas especies “adquiridos como animales de compañía” podrán ser mantenidos por sus propietarios, si bien, “deberán informar, en el plazo máximo de un año, sobre dicha posesión a las autoridades competentes de las comunidades autónomas”. Se establece también una norma especial en el caso de los parques zoológicos autorizados.

Sustituido actualmente por el Catálogo de 2013, con mayor número de especies, la versión de 2011 incluía ya las siguientes 12 especies de aves: Malvasía canela (Oxyura jamaicensis), Codorniz japonesa (Coturnix japonica), Tórtola doméstica (Streptopelia roseogrisea), Alejandrino común o cotorra de Kramer (Psittacula krameri), Cotorra de pecho gris o argentina (Myiopsitta monachus), Leiótrix piquirrojo o ruiseñor del Japón (Leiothrix lutea), Tejedor cabecinegro (Ploceus melanocephalus), Obispo coronigualdo o tejedor amarillo (Euplectes afer), Estrilda común o pico de coral común (Estrilda astrild), Estrilda culinegra o pico de coral colinegro (Estrilda troglodytes), Estrilda carinaranja o pico de coral de mejillas anaranjadas (Estrilda melpoda), Bengalí rojo (Amandava amandava).

Catálogo de EEI

NOTA: El Decreto 213/2009 de la Comunidad Valenciana incluía también la especie Pycnonotus jocosus (Bulbul orfeo) en una categoría equivalente.




LISTADO DE ESPECIES EXÓTICAS CON POTENCIAL INVASOR (2011)

El Listado de especies exóticas con potencial invasor, ahora anulado, incluía las especies exóticas “susceptibles de convertirse en una amenaza grave por competir con las especies silvestres autóctonas, alterar su pureza genética o los equilibrios ecológicos y aquellas especies exóticas con potencial invasor, en especial las que han demostrado ese carácter en otros países o regiones, con el fin de proponer, llegado el caso, su inclusión en el Catálogo”. La inclusión de una especie en el Listado conllevaba “la prohibición de su introducción en el medio natural, en todo el territorio nacional y en las zonas marinas bajo soberanía o jurisdicción española”.

Independientemente de la anulación del Listado, la liberación en el medio natural de cualquier otra especie exótica, incluída o no en el antiguo Listado, continúa a estar prohibida, a menos que cuente con “una autorización administrativa previa de la autoridad competente medioambiental”.

El Listado incluía 44 especies o taxones de aves, algunos de los cuales pasaron a incluirse en el Catálogo de 2013, pero otros todavía no:

ANATIDAE: Dendrocygna bicolor, Dendrocygna autumnalis, Cygnus olor, Cygnus atratus, Anser erythropus, Branta canadensis, Alopochen aegyptiaca, Cairina moschata, Aix sponsa, Aix galericulata, Anas sibilatrix.
CRACIDAE: Pipile cumanensis.
MELEAGRIDIDAE: Meleagris gallipavo.
ODONTOPHORIDAE: Callipepla californica, Colinus virginianus.
PHASIANIDAE: Alectoris chukar, Pavo cristatus.
NUMIDIDAE: Numida meleagris.
THRESKIORNITHIDAE: Threskiornis aethiopicus.
COLUMBIDAE: Columba guinea.
PSITTACIDAE: Poicephalus senegalus, Aratinga acuticaudata, Aratinga mitrata, Aratinga erythrogenys, Nandayus nenday, Cyanoliseus patagonus, Amazona leucocephala, Amazona festiva, Amazona ochrocephala.
PYCNONOTIDAE: Pycnonotus jocosus, Pycnonotus cafer.
STURNIDAE: Acridotheres spp., Gracupica nigricollis, Lamprotornis chalybaeus, Lamprotornis purpureus, Lamprotornis caudatus.
PLOCEIDAE: Ploceus spp., Quelea quelea, Euplectes spp.
ESTRILDIDAE: Uraeginthus bengalus, Estrilda spp., Lonchura punctulata, Lonchura malacca.
EMBERIZIDAE: Paroaria coronata.




LISTA CANARIA DE ESPECIES EXÓTICAS INVASORAS (2019)

La Lista de especies exóticas invasoras preocupantes para la región ultraperiférica de las islas Canarias, establecida por el Real Decreto 216/2019, de 29 de marzo, incluye además otras tres especies de aves:

ANATIDAE
  Dendrocygna bicolor (Suirirí bicolor)

PSITTACULIDAE
  Psittacula eupatria (Alejandrino real o cotorra alejandrina)

STURNIDAE
  Gracula religiosa (Miná religioso o del Himalaya)




LISTA EUROPEA DE ESPECIES EXÓTICAS INVASORAS (2014)

El Reglamento 1143/2014, sobre la prevención y la gestión de la introducción y propagación de especies exóticas invasoras, establece la creación de una Lista de especies exóticas invasoras preocupantes para la Unión, prohibiéndose las especies contenidas en ella. También obliga a los estados a elaborar planes de acción sobre las vías de introducción de estas especies, a crear un sistema de vigilancia para una detección temprana y una erradicación rápida, a tomar medidas de gestión sobre las especies ya propagadas y a reparar los ecosistemas dañados.

Tras los Reglamentos 2016/1141, 2017/1263 y 2019/1262, el último Reglamento de Ejecución 2022/1203, de 12 de julio, actualiza la lista de especies exóticas invasoras para incluir seis especies de aves:

ANATIDAE
  Alopochen aegyptiacus (Ganso del Nilo)
  Oxyura jamaicensis (Malvasía canela)

THRESKIORNITHIDAE
  Threskiornis aethiopicus (Ibis sagrado)

CORVIDAE
  Corvus splendens (Cuervo indio)

PYCNONOTIDAE
  Pycnonotus cafer (Bulbul cafre)

STURNIDAE
  Acridotheres tristis (Miná común)




Toda la restante legislación internacional, europea, nacional y autonómica relativa a las especies exóticas, hasta el año 2012, puede consultarse en el siguiente documento:

• LEGISLACIÓN SOBRE AVES EXÓTICAS (2012).